A- de 2011
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Jose Trinidad Minorta Quintero·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Negar solicitud de aclaración de sentencia T-589/11en relación con especialidad de juzgados que profirieron fallos objeto de revisión
- Aclarar y suprimir nombres en parte resolutiva de sentencia T-589/11 por error involuntario al mencionarlos sin tener calidad de peticionarios
- Declaración de inexequibilidad en sentencia C-113/93
- Procedencia dentro del término de ejecutoria, de oficio o a solicitud de parte respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
- Improcedencia de recursos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Aclaración y Corrección de Sentencia.
El peticionario elevó las solicitudes de aclaración y corrección de la sentencia T-589/11, argumentando que: 1º.
En la trascripción de la sentencia se incurrió en un error al incluir en el expediente T-3022936 a los señores Jorge Enrique Yánez Fernández y Ana Gilma Garzón Garzón, cuando sus casos están radicados en los procesos T-3043717 Y 3008170 respectivamente. 2º.
La existencia de trascripciones indebidas respecto a los nombres de los juzgados que profirieron las sentencias bajo revisión y 3º.
Un yerro adicional al mencionar que el señor Noel Ángel Ramírez firmó un acta cuando él nunca trabajó para la Concesión Zulia.
La Sala analiza los fundamentos esbozados por el memorialista y decide NEGAR las solicitudes de aclaración y corrección respecto a las consideraciones 2 y 3 y ACLARAR la sentencia T-589/11en el sentido de indicar que en el asunto T-3022936 solo se analizó la situación del señor José Amado Pacativa León y en tal sentido suprimir del numeral segundo de la parte resolutiva los nombres de los señores Jorge Enrique Yánez Fernández y Ana Gilma Garzón Garzón
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. Negar la solicitud de aclaracion con respecto al supuesto error contenido en la primera pagina del fallo T-589/11, relacionado con la identificacion de la especialidad de los juzgados que profirieron algunos de los fallos objeto de revision en ese tramite, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Negar la solicitud de correccion o aclaracion invocada respecto del accionante Noel Angel Ramirez Molina, en atencion a lo expuesto en los considerandos de esta providencia.
- Tercero. Aclarar la sentencia T-589/11 en el sentido de indicar que al decidir el asunto radicado bajo el numero T-3022936 solo se analizo la situacion del senor Jose Amado Pacavita Leon. Por lo tanto, los nombres "Jorge Enrique Fernandez Yanez" y "Ana Gilma Garzon Garzon" deben ser suprimidos del numeral
- segundo. de la parte resolutiva de la sentencia T-589/11, el cual quedara asi:
- Segundo. Revocar la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cucuta en sentencia de segunda instancia, de veintiocho (28) de febrero de dos mil once (2011) en el expediente T-3022936, en tanto concedio el amparo al senor Amado Pacavita Leon, y confirmar el fallo proferido en ese tramite por el Juzgado
- Segundo. (2o) Laboral de Cucuta, el diez (10) de diciembre de dos mil diez (2010), que denego el amparo al peticionario referido.
- Cuarto. Remitir copia del presente auto a la Sala Sexta de Revision y al Consejo Superior de la Judicatura para lo de su competencia.
- Quinto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.